Nota:
  • El trámite es estrictamente personal y sin intermediarios.



      ACTUALIZACIÓN DE DATOS – EMPADRONAMIENTO

      REGITRO DE INFORMACIÓN

      Todas las personas extranjeras tienen el deber de proporcionar oportunamente a MIGRACIONES la información que corresponda para mantener actualizado el Registro de Información Migratoria, de conformidad al literal b. del Art. 10 del Decreto Legislativo N° 1350; por lo que, aquellas personas extranjeras que se encuentren en el territorio nacional, independientemente de su situación migratoria, y que no han realizado su registro de información personal ante MIGRACIONES, deben realizarlo a través de la Agencia Digital.